Aprueba Comisión minuta que garantiza derechos de policías asignados a la Guardia Nacional

La Comisión Permanente de Puntos Constitucionales y Gobernación del Congreso del Estado de Sinaloa aprobó de manera unánime minuta de la Cámara de Diputados que garantiza derechos de policías asignados a la Guardia Nacional.
Se someterá al Pleno la aprobación del documento enviado por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión para garantizar los derechos, prestaciones, pertenencia, rango, servicio y antigüedad del personal de las policías Militar y Naval asignado a la Guardia Nacional.
“Los elementos de las policías Militar y Naval, así como otros elementos de mando y servicios de apoyo de la Fuerza Armada permanente, que sean asignados a la Guardia Nacional conservará su rango y prestaciones”.
En la reunión votaron a favor las diputadas y los diputados integrantes de la comisión Ambrocio Chávez Chávez, Verónica Guadalupe Bátiz Acosta, Elizabeth Chia Galaviz y José Manuel Luque Rojas, presidente, vocal en funciones de secretaria y vocales respectivamente.
De esta manera, los elementos de las policías Militar y Naval, así como otros elementos de mando y servicios de apoyo de la Fuerza Armada permanente, que sean asignados a la Guardia Nacional, conservarán su rango y prestaciones.
Asimismo, la ley garantizará que cuando un elemento sea reasignado a su cuerpo de origen, ello se realice respetando los derechos con que contaba al momento de ser asignado a aquélla y se reconozca el tiempo de servicios de la Guardia Nacional para efectos de su antigüedad.
Con este Acuerdo se someterá a consideración del Pleno la Minuta con Proyecto de Decreto por el cual se interpreta el alcance del artículo tercero transitorio del “Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Guardia Nacional”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de marzo de 2019.
En la reunión se consideró que mediante oficio fechado el 13 de diciembre de 2023, la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión remitió a esta Soberanía esta minuta, para que se procediera de conformidad con el artículo 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Él artículo 135 estipula que la Constitución puede ser adicionada o reformada pero para que las adiciones o reformas lleguen a ser parte de la misma, se requiere que el Congreso de la Unión, por el voto de las dos terceras partes de los individuos presentes acuerden las reformas o adiciones, y que éstas sean aprobadas por la mayoría de las legislaturas de los Estados y de la Ciudad de México.
El Congreso de la Unión o la Comisión Permanente en su caso, harán el cómputo de los votos de las Legislaturas y la declaración de haber sido aprobadas las adiciones o reformas.
La Comisión Dictaminadora comparte con las Cámaras de Diputados y de Senadores la importancia de garantizar y salvaguardar los derechos de los elementos de las policías Militar y Naval, así como otros de la Fuerza Armada permanente asignados a la Guardia Nacional, para que, cuando un elemento sea reasignado a su cuerpo de origen, le sean reconocidos sus derechos sin menoscabo alguno.
Concordando también, con el objetivo y propósito de la minuta con proyecto de decreto, en el sentido de ofrecer una transición clara y justa en la carrera profesional de los elementos de las policías Militar y Naval, así como otros de la Fuerza Armada permanente asignados a la Guardia Nacional, brindándoles estabilidad y seguridad laboral.
Este reconocimiento no solo respeta sus derechos individuales, sino que también reconoce la importancia de su contribución a la seguridad nacional.
La Comisión de Puntos Constitucionales y Gobernación estimó que la propuesta es pertinente y procedente, porque la interpretación propuesta no solo protege derechos fundamentales, sino que también asegura el respeto a los derechos laborales.
De esta forma se evita cualquier menoscabo durante la asignación temporal a la Guardia Nacional y se fomenta un trato justo y equitativo para los elementos de las Fuerzas Armadas, reconociendo su contribución específica a la seguridad pública y garantizando que no se vean afectados negativamente en sus derechos por esta participación temporal.
Finalmente, concluyeron que establecer esta interpretación sienta un precedente importante para futuras transiciones y ajustes en la estructura de seguridad nacional, demostrando la capacidad del sistema legal para adaptarse y garantizar la justicia en circunstancias cambiantes, reduciendo la incertidumbre asociada con cambios abruptos en las condiciones laborales y facilitando una transición más armoniosa.